30 de agosto de 2011

PORTABEBE HECHOS EN MENDOZA QUE RECOMEINDO


Diga ¡No! A las mochilas

Los beneficios de llevar a tu hijo/a dentro de un porta bebé son numerosos: el primero es que el recién nacido reencuentra el calor, el olor y la voz de su madre que le acompañó durante el embarazo. El padre también puede participar y experimentar el placer de estas sensaciones porque es unisex. Puede utilizarse también una vez que el bebé ha alcanzado por sí solo la posición sentada colocándotelo en las caderas. Si respetamos los procesos de maduración del bebé, no tensionamos los músculos de su cuello por mantener el equilibrio de su cabeza ocasionándole un esfuerzo innecesario.

Distribuidor:

Gustavo Gabardós: 153 397 437

gustavogabardos@yahoo.com.ar

26 de agosto de 2011

Ley Nacional 25.929 – Derechos

Las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al programa médico obligatorio.

-Toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, tiene los siguientes derechos:

- A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.

- A ser tratada con respeto, y de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales.

- A ser considerada, en su situación respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.

Al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer.

A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.

A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.

A estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto.

A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.

A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.

A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.

A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.

Toda persona recién nacida tiene derecho:

A ser tratada en forma respetuosa y digna.

b) A su inequívoca identificación.

c) A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia...

d) A la internación conjunta con su madre en sala, y a que la misma sea lo más breve posible...

e) A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo.

"El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga, como así también el incumplimiento por parte de los profesionales de la salud y sus colaboradores, y de las instituciones en que estos presten servicios, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder."
La herramienta legal existe y todas y todos podemos utilizarla en el momento en que sea necesario.

¡Tenemos derecho!

16 recomendaciones de la OMS


1 - Toda la comunidad debe ser informada sobre los diversos procedimientos que constituyen la atención del parto, a fin de que cada mujer pueda elegir el tipo de atención que prefiera.

2 - Debe fomentarse la capacitación de obstétricas o matronas profesionales. Esta profesión deberá encargarse de la atención durante los embarazos y partos normales, así como del puerperio.

3 - Debe darse a conocer entre el público servido por los hospitales información sobre las prácticas de los mismos en materia de partos (porcentajes de cesáreas, etc.)

4- No existe justificación en ninguna región geográfica para que más de un 10 al 15% sean por cesárea.

5 - No existen pruebas de que se requiera cesárea después de una cesárea anterior transversa del segmento inferior. Por lo general deben favorecerse los partos vaginales después de cesáreas, donde quiera que se cuente con un servicio quirúrgico de urgencia.

6 - No existen pruebas de que la vigilancia electrónica del feto durante el trabajo de parto normal tenga efectos positivos en el resultado del embarazo.

7 - No está indicado el afeitado de la región púbica ni las enemas.

8 - Las embarazadas no deben ser colocadas en posición de litotomía (acostada boca arriba) durante el trabajo de parto ni el parto. Se las debe animar a caminar durante el trabajo de parto y cada mujer debe decidir libremente la posición que quiere asumir durante el parto.

9 - No se justifica el uso rutinario de la episiotomía (incisión para ampliar la abertura vaginal)

10 - No deben inducirse (iniciarse por medios artificiales) los partos por conveniencia. La inducción del parto debe limitarse a determinadas indicaciones médicas. Ninguna región geográfica debe tener un índice de trabajos de parto inducidos mayor al 10%.

11 - Debe evitarse durante el parto la administración por rutina de fármacos analgésicos o anestésicos que no se requieran para corregir o evitar una complicación en el

12- No se justifica científicamente la ruptura artificial de membranas por rutina.

13 - El neonato sano debe permanecer con la madre cuando así lo permita el estado de ambos. Ningún procedimiento de observación del recién nacido justifica la separación de la madre.

14 - Debe fomentarse el inicio inmediato la lactancia, inclusive antes de que la madre salga de la sala de partos.

15 - Deben identificarse las unidades de atención obstétricas que no aceptan ciegamente toda tecnología y que respetan los aspectos emocionales, psicológicos y sociales del nacimiento. Deben fomentarse las unidades de este tipo y los procedimientos que las han llevado a adoptar su actitud deben estudiarse, a fin de que sirvan de modelos para parto.impulsar actitudes similares en otros centros e influir en las opiniones obstétricas en todo el país.

16 - Los gobiernos deben considerar la elaboración de normas que permitan el uso de nuevas tecnologías de parto sólo después de una evaluación adecuada.

En las dos cesáreas me sentí humillada, aquí he sido una mujer respetada en el momento más importante y feliz de su vida. Me he pasado dando las gracias todo el día en mi estancia en la clínica. El trato ha sido exquisito por su parte. Todo lo consultaban, en todo te hacían parte responsable, qué estás necesitando, qué postura quieres para parir... a veces no sabia que contestar, está una acostumbrada a que decidan por ti...

Le he ofrecido a mi hijo José un parto sin violencia y muy respetuoso. Pido para su vida que la paz, la no-violencia y el respeto por todo sea la bandera que le guíe.

Parte del testimonio de Vicky, madre española que tuvo su parto natural luego de 2 cesáreas innecesareas.